PRODUCTOR/A
Un productor/a agroalimentario es aquel profesional que obtiene directamente, y a través de su trabajo, las materías primeras de la industria agroalimentaria. Si obtiene productos de origen vegetal, lo llamamos agricultor/a, si los obtiene de origen animal que vive en tierra, ganadero/a, y si proviene del mar, pescador/a.
ELABORADOR/A
Se consideran elaboradores/as los profesionales que transforman productos agroalimentarios y que desarrollan los oficios regulados de artesanía alimentaria que se dividen en dos grupos: vinculados al puesto de trabajo (elaboradores de mermeladas y conservas de frutas, quesos y mató) y vinculado al puesto de venta (cansaladería y charcutería, pastelería, horno de pan, torrefactor de café, churrero).
ESTABLECIMIENTO AGROALIMENTARIO
Puntos de venta sedentarios de productos agroalimentarios donde puede tener lugar la manipulación y la transformación de alimentos, así como su almacenamiento, con la finalidad de entregarlos al consumidor final. Se incluyen en esta definición los terminales de distribución, los centros de distribución de los supermercados y los puntos de venta al público al por mayor. A la Gastroteca se engloban dentro de esta categoría las tiendas, agrotiendas, cooperativas agrarias, cooperativas de consumo, distribuidores y paradas de mercados.
RESTAURANTE
Un restaurante es un comercio, la mayoría de veces público, donde se paga por la comida y bebida, para ser consumida en el mismo local (las nuevas fórmulas de consumo han ocasionado, sin embargo, que muchos restaurantes también preparen comida para llevar y consumir a casa). Hoy en día existe una gran variedad de modalidades de servir y tipologías de comidas. La palabra proviene del francés "restaurante" con el sentido de que "restaura" el cuerpo y el espíritu, en aquella época, hacia el siglo XVIII, se solía ofrecer caldo de carne caliente.
CATERING
Se denomina el servicio de alimentación institucional o de alimentación colectiva que provee una cantidad determinada de alimentos y bebidas a colectivos, ya sea tanto como servicio regular como puntual (en eventos especiales, celebraciones o presentaciones sociales).
ALOJAMIENTO
Los establecimientos de alojamiento turístico (hoteles, campings, turismo rural, apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico) son aquellos que, de una manera habitual y con carácter profesional, ofrecen a los usuarios turísticos, mediante precio, alojamiento temporal que no constituya un cambio de residencia para la persona alojada. Deben exhibir las placas identificativas de su modalidad y, en su caso, de su categoría. Tienen la consideración de establecimientos abiertos al público y son de libre utilización por cualquier persona de acuerdo con las condiciones establecidas en la normativa vigente, en las normas del reglamento de uso o de régimen interior, si existen, y, en todo caso, las reglas de la buena convivencia y de higiene. Las personas titulares de los establecimientos pueden desalojar de su establecimiento a las personas que incumplan las reglas de la buena convivencia y de la higiene, así como aquellas personas que pretendan entrar o permanecer en el establecimiento con finalidad diferente a la propia del alojamiento.
